PROCEDIMIENTO PENAL - REBELDIA - DECLARACION DE REBELDIA - RECURSO DE APELACION (PROCESAL) - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO

Las resoluciones que declaran la rebeldía no son susceptibles de ser recurridas por ante la alzada.

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 071-00-CC-2004. Autos: Hermida, Ricardo Ernesto y otro Sala I. Del voto de Dr. Marcelo P. Vázquez, Dr. José Saez Capel, Dra. Elizabeth Marum 22-04-2004. Sentencia Nro. 100.

Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.




PROCEDIMIENTO POLICIAL - CONTROL DE LEGALIDAD - NULIDAD PROCESAL - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO

La Sala I de la Cámara de Apelaciones Conrtravencional y de Faltas ha sostenido que intentar quitarle validez al procedimiento alegando que no se dejó constancia de quién fue el funcionario del Ministerio Público que había sido consultado, implica un excesivo rigor formal correspondiendo rechazar el planteo nulificante (Causa n° 46-01-CC/2005 Incidente de Nulidad en autos “Sánchez, Roberto Eulogio s/ art. 41 CC- Apelación”, rta. el 11/05/05).

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 371-00-CC-05. Autos: Carlone Darío Fernando
Sala I. Del voto de Dr. Marcelo P. Vázquez, Dra. Elizabeth Marum, Dr. José Saez Capel 02-12-2005. Sentencia Nro. 05.

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RECURSO DE APELACION ORDINARIA ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - MONTO DEL PROCESO

Corresponde rechazar el recurso ordinario de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia deducido por el Gobierno local, toda vez que el monto disputado por la demandada -correspondiente al importe de la multa que fue revocada por la sentencia de esta Sala— es inferior al mínimo legal exigido.
No enerva la conclusión expuesta el mero hecho de que sí sea procedente el recurso interpuesto por la actora.
La doctrina, refiriéndose al recurso ordinario ante la Corte Suprema, pero con alcances plenamente aplicables a esta causa, sostiene que: “En el caso en que el monto estatuído por la norma resulta sobrepasado solamente por el agravio de una de las partes, el recurso sólo procede respecto a ésta, ya que el hecho de que la tercera instancia ordinaria resulte admisible en cuanto a uno de los litigantes, no implica necesariamente su procedencia respecto de aquélla cuya pretensión no reúne los requisitos mínimos de admisibilidad de la acción” (Tawil, Guido S., Recurso ordinario de apelación ante la Corte Suprema de Justicia, Depalma, 1990, pág. 122).

DATOS: Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario. Causa Nro.: RDC 24 - 0. Autos: PLAN OVALO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/ DGR (RES. Nº3700/DGR/2000) Sala I. Del voto de Dr. Carlos F. Balbín, Dr. Horacio G. Corti, Dr. Esteban Centanaro 17-09-2004. Sentencia Nro. 171.

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PROCEDIMIENTO PENAL - RECURSO DE APELACION (PROCESAL) - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - IMPROCEDENCIA - RESOLUCIONES APELABLES - SOBRESEIMIENTO

Resulta irrecurrible la denegatoria de sobreseimiento del imputado realizada por el juez “a quo”, por aplicación supletoria de los artículos 432 y 449 del Código Procesal Penal de la Nación.

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 135-01-CC-2004. Autos: VERA HUALLPA, Juana Sala II. Del voto de Dr. Pablo Bacigalupo, Dr. Fernando Bosch, Dra. Marcela De Langhe 8-06-2004. Sentencia Nro. 175-04.

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PROCEDIMIENTO CONTRAVENCIONAL - RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA

El auto que dispone revocar la declaración parcial de nulidad del requerimiento de elevación a juicio, no constituye una sentencia definitiva, ni equiparable a tal, exigencia indispensable para que proceda el el recurso de inaplicabilidad de ley (conf. Palacio, Lino, Los recursos en el proceso penal, Abeledo Perrot, Bs. As. 1998, pag. 184/5 y De La Rúa, Fernando, La casación penal, Lexis Nexis, Depalma, Bs. As., 2000, p. 329).

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 35994-01-CC-2006 (42-07). Autos: “Recurso de inaplicabilidad en Incidente de Nulidad en autos Miño, Claudia Esther y otros Sala I. Del voto de Dr. José Saez Capel, Dr. Marcelo P. Vázquez, Dra. Elizabeth Marum 30-04-2007.

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PROCEDIMIENTO CONTRAVENCIONAL - RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - REQUISITOS - SENTENCIA DEFINITIVA

En el caso, corresponde declarar inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley, toda vez que la decisión cuestionada por la defensa, al revocar una declaración parcial de nulidad, no pone fin al proceso, desde que no resuelve el fondo de la cuestión debatida, ni impide la tramitación normal de la causa. Más aún, el punto constitucional por el que se agravia la defensa, referido a la afectación del derecho de defensa en juicio podrá ser nuevamente formulado y tratado al momento de la sentencia definitiva.
En esta línea de pensamiento, se ha expedido la Corte Suprema de Justicia de la Nación afirmando que “las resoluciones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso criminal, como ocurre respecto de pronunciamientos que no admiten nulidades procesales, no reúnen, por regla, la calidad de sentencia definitiva”.-

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 35994-01-CC-2006 (42-07). Autos: “Recurso de inaplicabilidad en Incidente de Nulidad en autos Miño, Claudia Esther y otros Sala I. Del voto de Dr. José Saez Capel, Dr. Marcelo P. Vázquez, Dra. Elizabeth Marum 30-04-2007.

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RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

En el caso, corresponde declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad intentado por la defensa, toda vez que no logra demostrar la existencia de un verdadero caso constitucional que posibilite la apertura de la instancia excepcional del Máximo Pretor citadino. La invocación genérica de derechos y garantías constitucionales efectuada por la defensa, sólo traslucen un simple desacuerdo con la postura sostenida por el Tribunal y la pretensión de que el Tribunal Superior se constituya en una tercera instancia de mérito avocada al análisis, no ya de tipo constitucional, sino de materias relacionadas a hechos y pruebas e interpretación de normas de derecho común. Al respecto ha dicho el máximo Tribunal Local que: “ ...la referencia ritual a derechos constitucionales si no se acredita precisa y fundadamente su cercenamiento, es insuficiente para abrir el recurso extraordinario de inconstitucionalidad, ya que si bastara la simple invocación de un derecho o garantía de raigambre constitucional, este Tribunal se vería convertido, de ordinario, en tercera instancia obligada a todos los pronunciamientos dictados por el Poder Judicial de la Ciudad...” (conf. TSJ, Causa n° 210-2000, resuelta el 19/04/2000.-

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 4780-01-CC-2006. Autos: “Incidente de excepción de falta de acción en autos DIAZ, Raúl Sala II. Del voto de Dr. Pablo Bacigalupo, Dr. Fernando Bosch, Dra. Marcela De Langhe 09-03-2007.

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PROCEDIMIENTO CONTRAVENCIONAL - RECURSO DE QUEJA (PROCESAL) - RECURSO DE QUEJA POR APELACION DENEGADA - INADMISIBILIDAD DEL RECURSO - FALTA DE AGRAVIO CONCRETO

En el caso, corresponde declarar inadmisible el recurso de queja por apelación denegada, ya que no logra la defensa demostrar de qué forma la decisión impugnada, en cuanto declara la extinción de la pena, le irrogaría el necesario gravamen para acceder a esta segunda instancia. En este sentido la mera invocación de agravios de índole constitucional-afectación del derecho de defensa y del debido proceso- no suple la falta de requisito precedentemente señalado. En efecto, el quejoso debió especificar de que manera la decisión recurrida vulneraría los derechos de su prohijado, y no limitarse-como en el supuesto de autos- a la mera mención abstracta de los mismos.

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 204-04-CC-2005 (32-07). Autos: "Recurso de queja en autos Moreno, Rodrigo Félix Sala I. Del voto de Dra. Elizabeth Marum, Dr. José Saez Capel, Dr. Marcelo P. Vázquez 16-04-2007.

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DATOS: Autos: Recurso de Inconstitucionalidad en autos “Erice, Fabián; Erice, Ariel y otros Sala I. Del voto de Dr. Marcelo P. Vázquez, Dr. José Saez Capel, Dra. Elizabeth Marum 04-04-2007.

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