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PROCEDIMIENTO PENAL - PRISION PREVENTIVA - DROGADICCION - MEDIDAS DE SEGURIDAD - MEDIDAS CURATIVAS

No es correcta la afirmación del Sr. Defensor Oficial en cuanto que, atento a la “patología adictiva” (consumo de drogas) del imputado, no resulta una respuesta Estatal racional mantenerlo bajo el régimen de prisión preventiva donde no puede recibir tratamiento alguno, en tanto, en modo alguno se puede afirmar que el Estado se haya desentendido de su problemática.
Muy por el contrario, en el marco de dicho legajo, el Sr. Magistrado de Grado, con activa participación de las partes y del Ministerio Público Tutelar, está estableciendo las medidas de conocimiento necesarias para adoptar la decisión que mejor permita compatibilizar las necesidades de Díaz con la medida de coerción impuesta en autos.

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 05-00-CC-2005. Autos: Díaz, David Domingo Sala II. Del voto de Dra. Elizabeth Marum, Dr. Marcelo P. Vázquez 29-6-2005. Sentencia Nro. 248-05.

Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.




PROCEDIMIENTO PENAL - PRISION PREVENTIVA - DROGADICCION - MEDIDAS CURATIVAS

En el caso, atento a que el Centro de Detención donde se halla alojado el imputado no cuenta con la posibilidad de brindarle tratamiento de rehabilitación por el uso y abuso de drogas, deben arbitrarse los medios a fines de establecer la posibilidad de que sea trasladado a otra Unidad del Servicio Penitenciario Nacional, que cuente con medios adecuados para brindarle un tratamiento.

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 032-01-CC-2005. Autos: JUAREZ, Diego Martín Sala I. Del voto de Dra. Elizabeth Marum, Dr. Marcelo P. Vázquez, Dr. José Saez Capel 23-03-2005. Sentencia Nro. 74.

Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.