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DEFENSA DEL CONSUMIDOR - PLAN DE AHORRO PREVIO - REGIMEN JURIDICO - INFRACCIONES RELACIONADAS CON LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR - MULTA (ADMINISTRATIVO) - PROCEDENCIA - CUOTA MENSUAL - VARIACION DEL PRECIO - RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRADORA DEL PLAN

En el caso, corresponde confirmar la resolución dictada por la Administración, en cuanto decide aplicar a la actora una multa toda vez que conforme surge de autos, la variación producida en el valor móvil de la cuota del plan de ahorro, fue aplicada antes de que entrara en vigencia la Resolución Nº 9/2002, que es la que permite aplicar tal variación.
De esta manera, cabe observar, que el aumento producido sobre el valor de la cuota de ahorro, es aplicada sin autorización previa y en consecuencia de trata de una infracción de tipo formal y por lo expuesto se configura una infracción al artículo 19 de la Ley Nº 24.240, que establece con relación a las modalidades que deben observarse en la prestación de servicios de cualquier índole están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades y circunstancias conforme las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos.

DATOS: Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario. Causa Nro.: 1526-0. Autos: PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS c/ GCBA Sala II. Del voto de Dr. Esteban Centanaro con adhesión de Dra. Nélida M. Daniele y Dr. Eduardo A. Russo. 10-11-2009. Sentencia Nro. 46.

Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.