ACTO ADMINISTRATIVO TACITO – DERECHO DE DEFENSA – SUMARIO ADMINISTRATIVO – DEBIDO PROCESO ADJETIVO – ACCION DE AMPARO – CARACTER – OBJETO – REQUISITOS – CONCLUSION DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO – AMPLIACION DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO
En el caso, la Administración expresa que se habría dictado un acto tácito que pone fin al sumario iniciado y ha decidido implícitamente no sobreseer, cuando en realidad lo que ha decidido es “reabrir y ampliar” el procedimiento. Consentir esta teoría del acto tácito implicaría violar las más elementales garantías en la tramitación de un sumario que persigue investigar la existencia de hechos que signifiquen violaciones al ordenamiento jurídico que merecen sanción, debiendo respetarse el debido proceso y el derecho de defensa. ¿Qué acto tácito podría haberse dictado que ponga fin al sumario sin sobreseer o aplicar sanción?.
DATOS: Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario Causa Nro: 9253. Autos: Lorenzo, Rosa del Carmen Sala: II Del voto de Dr. Esteban Centanaro, Dra. Nélida Mabel Daniele, Dr. Eduardo A. Russo 21-08-2001.
Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.
