GRAVAMEN IRREPARABLE – MEDIDAS CAUTELARES – ACCION DE AMPARO – VEROSIMILITUD DEL DERECHO INVOCADO – CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO – PERDIDA DE LA CLIENTELA
En la clausura de establecimiento comercial, una medida de neto carácter ejemplificador, debe valorarse el perjuicio que la amparista sufriría por la estimaciones que de la medida hiciere su clientela. En este punto, el daño debe solamente consistir en un extremo razonable y verosímil, vale decir, posible. Ello es suficiente, a los efectos del dictado de una medida cautelar, para darlo por acreditado.
DATOS: Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario Causa Nro: 9155. Autos: Cohen, Sofía Graciela Sala: II Del voto de Dr. Esteban Centanaro, Dra. Nélida Mabel Daniele, Dr. Eduardo A. Russo 13-12-2000.
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