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BIENES DEL ESTADOIMPOSICION DE COSTASACCION DE AMPAROCOSTASIMPROCEDENCIAORIGEN DE LOS FONDOS

En razón de que el patrimonio de las partes en el presente proceso integra el mismo erario público, sin prejuicio de su afectación específica, la imposición de costas resulta inadecuada e improcedente.

DATOS: Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario Causa Nro: 9140. Autos: Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires Sala: I Del voto de Dr. Carlos F. Balbín, Dra. Inés M. Weinberg de Roca 29-11-2000.

Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.


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