RESPONSABILIDAD DE LOS INSTITUTOS DE ENSEÑANZA – FACTORES ATRIBUTIVOS DE RESPONSABILIDAD – OBJETO DE LA DEMANDA – DEBER DE CUIDADO – RESPONSABILIDAD DEL ESTADO – DAÑOS Y PERJUICIOS – EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD – DEBER DE SEGURIDAD – NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES – PRUEBA – FALTA DE PRUEBA – ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES – PROCEDENCIA – EDUCACION PUBLICA – DEMANDA – BULLYING – PRETENSION – ACOSO ESCOLAR – VIOLENCIA ESCOLAR
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado, en cuanto al hacer lugar parcialmente a la demanda iniciada por el actor por los daños y perjuicios sufridos en una escuela pública, al recibir una agresión física de una compañera, le atribuyó responsabilidad al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, rechazando la imprevisibilidad como eximente de responsabilidad. En la mecánica del accidente, conforme quedó consentido por las partes, el accionante -menor, en aquel entonces- fue golpeado por una compañera en los testículos durante el transcurso del recreo dentro del establecimiento escolar, por lo que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente (con posterior pérdida del testículo izquierdo). Respecto al cuestionamiento del Gobierno recurrente, en lo atinente a que se tuvo por acreditado un supuesto de “bullying” escolar, basta señalar que ello no se condice ni con la pretensión de autos ni con lo oportunamente decidido en la instancia de grado. Al respecto, en el pronunciamiento atacado se reseñó la jurisprudencia y doctrina que se consideró aplicable y, en base a ello, se concluyó que algunos eventos “…conflictivos…” entre compañeros pueden subsumirse en situaciones de bullying escolar; pero en modo alguno se entendió que en el presente caso -ni formó parte del debate- habría mediado un supuesto de acoso dentro del ámbito educativo. Ello resulta suficiente a fin de desestimar la presente queja.
DATOS: Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo y Tributario y de Relaciones de Consumo Causa Nro: 56795. Autos: S. K. E. Sala: II Del voto de Dra. Mariana Díaz 08-08-2024.
Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.
