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RECUSACIONINTERPRETACION DE LA LEYPROCEDIMIENTO DE FALTASRECUSACION CON CAUSADEBER DE PARCIALIDADREQUISITOS

Las causales legales de recusación son, en principio, de carácter taxativo y se exige para el recusante efectuar una argumentación sólida. Aunque no esté prevista legalmente, no puede dejar de considerarse el temor de parcialidad, que aparece como un motivo genérico de exclusión de un juez, y como tal debe ser considerado. Para que prospere requiere un mínimo de acreditación de la situación especial en que se halla el juez y su relación con la sospecha de parcialidad.

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas Causa Nro: 4530. Autos: ALONSO, Carlos Emiliano Sala: III Del voto de Dra. Marta Paz 30-05-2006.

Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.


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