AUTORIZACION PARA GIRAR EN DESCUBIERTO – CONTRATOS BANCARIOS – CUENTA CORRIENTE BANCARIA – ALCANCES – CONCEPTO
Bien es sabido que la autorización para girar en descubierto es una modalidad de la cuenta corriente bancaria. Esta autorización es por lo general de carácter accesorio al servicio de caja prestado por el banco a través de la cuenta corriente, que resulta así el contrato principal. Habitualmente se otorga por períodos breves (aunque por su seguida renovación se extiendan en el tiempo) y frecuentemente forma parte de una serie de relaciones que unen a la entidad bancaria con el cliente basadas en el conocimiento e informaciones que el banco posee de este último, no orientadas específicamente a este contrato. En ningún caso podría desconocerse el carácter convencional de la autorización para girar en descubierto, a pesar que las partes no la estipulen íntegramente (conf. José María Gastaldi y Esteban Centanaro, Contratos aleatorios y reales, Editorial de Belgrano, Buenos Aires, 1998, 297).
DATOS: Causa Nro: . Autos: Sala: Del voto de Dr. Esteban Centanaro 19-07-2026.
Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.
RESOLUCION DEL CONTRATO – AUTORIZACION PARA GIRAR EN DESCUBIERTO – CONTRATOS BANCARIOS – CUENTA CORRIENTE BANCARIA
Dentro del contrato de cuenta corriente, existe a favor de la entidad bancaria, la posibilidad de resolverlo, es decir que se da la facultad – ejercicio de un derecho potestativo – de extinguir el contrato, originado en la inclusión de tal cláusula, liberándose de las obligaciones del mismo, bajo las condiciones y consecuencias determinadas -aviso previo de diez días- mediante la expresión unilateral de voluntad. Quien puede resolver la totalidad, eventualmente podría extinguir parcialmente, o sea dejar sin efecto la autorización para girar en descubierto.
DATOS: Causa Nro: . Autos: Sala: Del voto de Dr. Esteban Centanaro 19-07-2026.
Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.
